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dc.contributor.advisorEstrada Díaz, Juan José
dc.contributor.authorParedes Arteaga, Delhi Roxana
dc.creatorParedes Arteaga, Delhi Roxana
dc.date.accessioned2018-04-16T23:56:33Z
dc.date.available2018-04-16T23:56:33Z
dc.date.issued2018
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12759/4034
dc.description.abstractLa Tesis que hemos denominado “FUNDAMENTOS JURÍDICOS PARA LA INCLUSIÓN DE LA CONCILIACIÓN EN DEMUNAS Y CENTROS DE CONCILIACIÓN COMO MECANISMO PARA LA FILIACION EXTRAMATRIMONIAL EN EL PERÚ”, se orienta a determinar los fundamentos y criterios jurídicos que permitan sustentar la inclusión de la figura conciliatoria como mecanismo para la filiación extramatrimonial en nuestro país. En este sentido, la formulación de nuestro Problema fue el siguiente: ¿CÚALES SON LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS PARA LA INCLUSIÓN DE LA CONCILIACIÓN EN DEMUNAS Y CENTROS DE CONCILIACIÓN COMO MECANISMO PARA LA FILIACION EXTRAMATRIMONIAL EN EL PERÚ?, frente a lo cual nos planteamos los siguientes objetivos principales: Estudiar la doctrina en torno a la institución jurídica de la conciliación, así como las ventajas que supone su aplicación en materia de resolución de conflictos a nivel familiar. Investigar los diversos mecanismos que ofrece nuestro ordenamiento civil para los fines de reconocimiento de hijos y comentar su problemática. Analizar los aspectos jurídicos en torno al Interés Superior del Niño y determinar su influencia en los procesos de Filiación a nivel nacional. En cuanto al enunciado de la Hipótesis hemos propuesto la siguiente: “Los fundamentos jurídicos para incluir la institución de la Conciliación en Demunas y centros de conciliación como mecanismo para la filiación extramatrimonial en el Perú son: la primacía del Interés Superior del Niño en cuanto a la identidad de los menores no reconocidos y la oportunidad de ofrecer a las partes un mecanismo práctico y seguro para la eficacia de la filiación extramatrimonial”. En aplicación de los diversos métodos lógicos y jurídicos, entre ellos los métodos de interpretación, deductivo y sintético, se logró concluir que la figura conciliatoria permite solucionar algunos problemas que afectan a la familia V sin necesidad de recurrir a la vía judicial. Ello ahorra tiempo y dinero, así como el desgaste emocional que genera el litigio. Además, posibilita el análisis de los diversos puntos de vista o intereses de las partes en conflicto y que estos sean tomados en cuenta en la identificación de soluciones y en los acuerdos. Igualmente, concluimos que ante los conflictos de familia, y particularmente en un tema tan sensible como la filiación, la conciliación sólo se inicia cuando las partes aceptan que solas no pueden encontrar la solución a sus apremios y que recurrir a este medio alternativo de resolución de conflictos. Si bien el conciliador es un tercero distinto a las partes, son ellas las que asumen el protagonismo y el control en el procedimiento que conducirá eventualmente a la superación de sus diferencias.es_PE
dc.description.uriTesises_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Privada Antenor Orrego - UPAOes_PE
dc.relation.ispartofseriesT_DERE_392
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.sourceUniversidad Privada Antenor Orregoes_PE
dc.sourceRepositorio Institucional - UPAOes_PE
dc.subjectFundamentos jurídicoses_PE
dc.subjectConciliación en demunases_PE
dc.subjectCentros de conciliaciónes_PE
dc.subjectFiliación extramatrimoniales_PE
dc.titleFundamentos jurídicos para la inclusión de la conciliación en Demunas y centros de conciliación como mecanismo para la filiación extramatrimonial en el Perúes_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Privada Antenor Orrego. Facultad de Derecho y Ciencias Políticases_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE


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