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https://hdl.handle.net/20.500.12759/10005
Título : | Incorporación de las defensas posesorias judiciales civiles como nuevos supuestos del delito de usurpación previstos en el articulo 202° del código penal |
Autor : | Angulo Azabache, Franko Piero |
Asesor: | Quispe Villanueva, Edgardo Bagate |
Palabras clave : | Posesión Defensa Posesorias |
Fecha de publicación : | 2023 |
Institución : | Universidad Privada Antenor Orrego - UPAO |
No. de serie: | T_DERE_591 |
Resumen : | A través de la presente investigación nos enfocaremos a estudiar la defensa
posesoria judicial, la cual está plasmada en el artículo 921° de nuestro código
civil. Esta figura, la fecha, tiene una serie de problemas para su correcta
ejecución, pues se observan procesos tramitados en forma paralela, tanto en
vía civil (mediante la defensa posesoria judicial) como en la vía penal (regulado
como el delito de usurpación) previsto en el artículo 202° del código penal.
Por lo tanto, consideramos necesario establecer un orden prioritario, en virtud
del cual somos de opinión que las defensas posesorias judiciales deberían
estar subsumidas como nuevos supuestos dentro del citado artículo del código
penal. En consecuencia, con la inclusión de las defensas posesorias judiciales
en dicho tipo penal, se busca reconocer que la protección de la posesión en el
ámbito penal, resulta ser mucho más amplia, eficaz y eficiente.
En ese sentido, buscamos a través de la presente investigación el incluir las
denominadas defensas posesorias judiciales dentro del delito acotado, para
evitar problemas de duplicidad al plantear la usurpación en la vía penal, y en
paralelo, en la vía civil un interdicto de recobrar, así como posteriormente en el
proceso penal, la excepción de naturaleza de acción. Through the present investigation we will focus on studying the judicial possessory defense, which is embodied in article 921 of our civil code. This figure, the date, has a series of problems for its correct execution, since processes processed in parallel are observed, both in civil proceedings (through judicial possessory defense) and in criminal proceedings (regulated as the crime of usurpation) foreseen in article 202 of the penal code. Therefore, we consider it necessary to establish a priority order, by virtue of which we are of the opinion that judicial possessory defenses should be subsumed as new assumptions within the aforementioned article of the penal code. Consequently, with the inclusion of judicial possessory defenses in said criminal type, it is sought to recognize that the protection of possession in the criminal sphere turns out to be much broader, more effective and efficient. In this sense, we seek through this investigation to include the so-called judicial possessory defenses within the delimited crime, to avoid problems of duplicity when raising the usurpation in criminal proceedings, and in parallel, in civil proceedings, an injunction to recover, as well as later in the criminal process, the exception of nature of action. |
URI : | https://hdl.handle.net/20.500.12759/10005 |
Aparece en las colecciones: | Derecho |
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