Regulación de la revisión periódica de oficio de la prisión preventiva en el proceso penal peruano
Resumen
En esta teses académico- jurídica, se abordó una temática muy
atendida por la doctrina y que recientemente fue objeto de
pronunciamiento jurisprudencial por el órgano encargado de la
interpretación de la Carta fundamental: “REGULACIÓN DE LA REVISIÓN
PERIÓDICA DE OFICIO DE LA PRISIÓN PREVENTIVA EN EL
PROCESO PENAL PERUANO”.
La investigación abordó la necesidad de regulación expresa en el
Código Procesal penal de esta figura que ha sido ya objeto de tratamiento
en el derecho comprado, donde casi todos los países de América del Sur
y de Centroamérica contienen una fórmula legal expresa que obliga al juez
de garantías a revisar cada cierto periodo de tiempo la prisión preventiva.
Se ha hecho un análisis de la legislación específicamente de dos
disposiciones: el artículo 255 inciso 2 y el artículo 283, para llegar a
establecer a diferencia de lo que ha señalado el Tribunal Constitucional
que “la incorporación de la revisión de forma periódica judicial de la prisión
preventiva en el Perú”, ya que como se ha dicho a nivel jurisprudencial, la
variabilidad es una de las características más importantes que rigen la
regulación de la prisión preventiva y de todas las medidas de coerción en
general.
Se analizó también los pronunciamientos a nivel de Corte
Interamericana de Derechos Humanos, para que la postura del Poder
Judicial sobre la no posibilidad de revisión periodifica judicial de la prisión
preventiva pueda ser rechazada, habida cuenta del deber judicial de
utilizar el control convencional, como lo permite nuestra Carta
Fundamenta In the present investigation, a subject that is highly attended by the
doctrine and that has recently been the subject of a jurisprudential
pronouncement by the Constitutional Court was addressed:
““REGULATION OF THE PERIODIC REVIEW OF OFFICE OF
PREVENTIVE DETAINMENT IN THE PERUVIAN CRIMINAL PROCESS““.
The investigation addressed the need for express regulation in the
Code of Criminal Procedure of this figure that has already been the object
of treatment in the purchased law, where almost all the countries of South
America and Central America contain an express legal formula that obliges
the judge of guarantees to review preventive detention every certain period
of time.
An analysis of the legislation has been made specifically of two
provisions: article 255 paragraph 2 and article 283, in order to establish,
unlike what the Constitutional Court has indicated, that the incorporation
of the periodic judicial review of the prison prevention in Peru, since as has
been said at the jurisprudential level, variability is one of the most important
characteristics that govern the regulation of preventive detention and all
measures of coercion in general.
The pronouncements at the level of the Inter-American Court of
Human Rights were also analyzed, so that the position of the Judiciary on
the non-possibility of periodic judicial review of preventive detention can
be rejected, taking into account the judicial duty to use conventional
control, as allows our Fundamental Charte
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