Necesidad de penalizar mediante cláusula tipo las migraciones no autorizadas en el servicio de telefonía celular
Fecha
2024Autor(es)
Iparraguirre Barriga, Sandra Marissa
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La Tesis que hemos denominado “Necesidad de penalizar mediante
cláusula tipo las migraciones no autorizadas en el servicio de
telefonía celular”, estuvo orientada a determinar la necesidad de
proponer una cláusula tipo que penalice las migraciones no autorizadas
en el servicio de telefonía celular, para lo cual se recurrió a la doctrina más
calificada, entrevistas especializadas y datos estadísticos de Osiptel.
En este sentido, la formulación de nuestro problema fue el siguiente: ¿Es
necesario proponer una cláusula tipo que penalice las migraciones no
autorizadas en el servicio de telefonía celular? La hipótesis que
planteamos fue la siguiente: “Es necesario proponer una cláusula tipo que
penalice las migraciones no autorizadas en el servicio de telefonía celular
con el fin de reducir de manera efectiva dichas migraciones no autorizadas
por parte de las empresas operadoras”.
En virtud de los diversos métodos de aplicación lógica y jurídica, se logró
concluir que los contratos por adhesión, por su propia naturaleza, han
contribuido significativamente a la dinámica empresarial y económica en
el sector de las telecomunicaciones, con particular énfasis en la
contratación de la telefonía celular; no obstante, estas bondades no se
reflejan necesariamente en la ejecución o seguimiento del servicio
ofrecido, razón por la cual se presentan diversos reclamos de parte de los
usuarios, entre ellos, por migraciones no autorizadas.
Asimismo, se concluyó que la inclusión de una cláusula tipo que penalice
las migraciones no autorizadas por parte de las empresas operadoras se
justifica en la medida que las empresas prestadoras van más allá de sus
atribuciones legales. La afectación a los usuarios se traduce no solo en
términos económicos sino también en tiempo y desconfianza en el
servicio, y la actuación de los organismos reguladores no logran satisfacer
los reclamos de los usuarios The Thesis that we have called ““Need to penalize unauthorized migrations
in the cell phone service by means of a standard clause““, was aimed at
determining the need to propose a standard clause that penalizes
unauthorized migrations in the cell phone service, for which which used
the most qualified doctrine, specialized interviews and statistical data from
Osiptel.
In this sense, the formulation of our Problem was the following: Is it
necessary to propose a standard clause that penalizes unauthorized
migrations in the cellular telephone service? The hypothesis that we
proposed was the following: ““It is necessary to propose a standard clause
that penalizes unauthorized migrations in the cellular telephone service in
order to effectively reduce said unauthorized migrations by the operating
companies.““
By virtue of the various methods of logical and legal application, it was
possible to conclude that adhesion contracts, by their very nature, have
contributed significantly to the business and economic dynamics in the
telecommunications sector, with particular emphasis on the contracting of
the cell phone; however, these benefits are not necessarily reflected in the
execution or monitoring of the service offered, which is why various claims
are made by users, including unauthorized migrations.
Likewise, it was concluded that the inclusion of a standard clause that
penalizes unauthorized migrations by the operating companies is justified
to the extent that the provider companies go beyond their legal powers.
The impact on users translates not only into economic terms but also in
time and mistrust in the service, and the actions of regulatory bodies fail to
satisfy the claims of users