Acuerdo conciliatorio como requisito de procedibilidad en los procesos penales sobre delitos de ejercicio privado de la acción penal

Fecha
2025Autor(es)
Inga Chuquizuta, Valeria Isabel.
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La investigación comprende la problemática relacionada con la regulación del
artículo Art.406 2 inciso del nuevo código procesal penal donde se estable que no
constituye requisito de procedibilidad el acuerdo conciliatorio para los procesos
especiales, dónde consideramos, que se debe instar en el ejercicio de la acción
privada penal, una modificación legal, por ello, es que se formuló el problema: ¿Que
fundamentos sustentaría la regulación del acuerdo conciliatorio como requisito de
procedibilidad en las querellas por delito contra el honor?.
Durante la ejecución del proceso de investigación recurrimos a diversos métodos
de la investigación científico, es así que, a través del método analítico abordamos el
problema determinado en cuanto a la posible regulación del acuerdo antes
mencionado, este servirá para conocer la naturaleza y los efectos que puede
conllevar dicha regulación por tanto se presenta enriqueciendo el marco teórico
dando respuesta a los problemas que se plantea, y con el estudio de otros métodos
específicos o jurídicos además de técnicas e instrumento como la observación y el
analices documental, entrevista a especialistas como jueces y abogados en lo civil y
penal hemos concluido que en la media que se regule la conciliación extrajudicial,
como requisito de procedibilidad sería beneficioso para el Estado, disminuyendo
costos y costas así como el ahorro de tiempo para los especialistas como la
disminución de la recarga procesal, estos beneficios no solo se presentan para el
órgano jurisdiccional sino que también resulta favorable para las parte, siendo que
estás pueden acordar sus pretensiones , su indemnización a tratarse de derecho de
libre disposición. Ya que las partes lo que más desea es solucionar sus problemas
en el menor tiempo posible. Así mismo, con los resultados y la discusión de estos
que refuerza nuestra posición, así como convalida la propuesta legislativa a fin de
reducir la carga procesal para el estado.
Finalmente, con las conclusiones y la propuesta legislativa se propone el requisito
de procedibilidad como conciliación extrajudicial, así mismo se recomienda que la
presente investigación sea tomando en cuenta por el congreso de la República e
inicie con el debate respectivo del presenté tema, todo esto con la finalidad de
fortalecer los mecanismos alternativos de solucionar de conflictos en los delitos
querellables. The investigation includes the problems related to the regulation of Article 4062
subsection of the new criminal procedure code where it is established that the
conciliation agreement for special processes is not a procedural requirement, where
we consider that it must be instituted in the exercise of the action. private criminal
law, a legal modification, therefore, is that the problem was formulated: What grounds
would support the regulation of the conciliation agreement as a procedural
requirement in complaints for crimes against honor?
During the execution of the research process we resort to various methods of
scientific research, thus, through the analytical method we address the problem
determined in terms of the possible regulation of the aforementioned agreement, this
will serve to know the nature and effects that This regulation may entail, therefore, it
is presented by enriching the theoretical framework, responding to the problems that
arise, and with the study of other specific or legal methods in addition to techniques
and instruments such as observation and documentary analysis, interviews with
specialists such as judges and Civil and criminal lawyers have concluded that as long
as extrajudicial conciliation is regulated, as a procedural requirement it would be
beneficial for the State, reducing costs and costs as well as saving time for specialists
such as reducing the procedural burden, These benefits are not only presented for
the court but also tt It is also favorable for the parties, since you are able to agree on
their claims, their compensation to be a right of free disposition. Since the parties
want the most is to solve their problems in the shortest possible time. Likewise, with
the results and the discussion of these that reinforces our position, as well as
validates the legislative proposal in order to reduce the procedural burden for the
state.
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